Lo descubres casi siempre igual: buscas tu nombre y aparece otro. O te llega un requerimiento. La pregunta inmediata es si lo perdiste, y la respuesta depende de en qué momento estés.
Esta guía explica cómo comprobarlo, qué figura corresponde a cada situación según la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, y qué decisiones dependen del reloj.
Primero: comprueba qué hay registrado de verdad
Antes de suponer nada, hay que ver el expediente. Que un nombre aparezca en internet, en redes o en el registro mercantil no significa que esté registrado como marca ante el IMPI. Son cosas distintas.
El IMPI cobra $119.04 con IVA por el informe oficial sobre si una marca o un aviso comercial ha sido registrado, o si un nombre comercial ha sido publicado (artículo 24 de la Tarifa). Es la forma barata de saber en qué situación estás antes de tomar cualquier decisión.
Lo que hay que averiguar en ese informe:
- Si hay solicitud presentada o registro concedido. No es lo mismo, y las acciones disponibles cambian.
- En qué clases de la Clasificación de Niza está. Una marca solo protege los productos o servicios de las clases que declaró.
- Qué fecha tiene. En México el sistema es de primero en solicitar, así que la fecha manda.
Segundo: no todas las situaciones son la misma
Todavía está en trámite y publicada
Si la solicitud del tercero está publicada y el plazo sigue abierto, existe la oposición. La Tarifa del IMPI la cobra a $4,296.74 con IVA (artículo 14 b, por cada una).
La oposición tiene plazo, y ese plazo no se recupera. Es la razón por la que conviene comprobar el expediente el mismo día que te enteras, y no la semana siguiente.
Ya está concedido
Cuando el registro está otorgado, la vía de la oposición se acabó y el terreno pasa a las acciones de nulidad o de cancelación previstas en la ley, según cuál sea el motivo. Cuál corresponde depende de hechos concretos: quién usaba la marca antes, desde cuándo, con qué alcance y con qué pruebas.
Aquí es donde deja de ser una guía y pasa a ser un caso. El motivo que se invoque determina el plazo, y algunos plazos son de caducidad.
Es tu proveedor, tu distribuidor o tu exsocio
Es más común de lo que parece, sobre todo con marcas extranjeras que entran a México. La ley contempla supuestos específicos para cuando quien registró tenía una relación previa con el titular real. Si es tu caso, dilo desde la primera consulta, porque cambia la estrategia por completo.
Tercero: lo que puedes hacer hoy, cueste lo que cueste el caso
Reúne pruebas de tu uso anterior y féchalas. Facturas, contratos, publicidad, capturas con fecha verificable, registros de dominio, cuentas de redes. En un conflicto de marcas, la fecha probada es lo que decide.
No dejes de usar tu marca por miedo. Consúltalo antes, porque dejar de usarla puede empeorar tu posición.
No mandes una carta tú mismo. Un requerimiento mal redactado puede reconocer hechos que después juegan en tu contra.
Cómo se evita la próxima vez
La respuesta aburrida es la que funciona: buscar antes de invertir en el nombre, registrar antes de lanzar, y vigilar después.
La búsqueda de antecedentes cuesta una fracción de lo que cuesta un conflicto. El registro de marca ante el IMPI cuesta $2,813.77 con IVA presentándolo en línea (artículo 14 a de la Tarifa, con el descuento del 10 % de la disposición NOVENA).
Y la vigilancia es la parte que casi nadie contrata hasta que le pasa algo: revisar periódicamente si alguien solicita signos parecidos al tuyo, para llegar a tiempo a la oposición en vez de a la nulidad.
Si te llegó una denegación en vez de un conflicto
Si lo que tienes no es un tercero que registró tu marca, sino que el IMPI te negó la tuya, es otro escenario distinto y con sus propios plazos. Lo cubrimos en denegación provisional del IMPI.
Qué necesitamos para decirte algo útil
En una consulta de veinte minutos podemos ubicar tu situación si traes el nombre exacto de la marca, en qué productos o servicios la usas, desde cuándo, y cómo te enteraste del registro del tercero.
Todas las cuotas citadas son del IMPI, tomadas del Acuerdo de Tarifa publicado en el Diario Oficial de la Federación, y no incluyen honorarios.



